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Inicio » Venezuela » Defensor del pueblo: «de ninguna forma y por ninguna causa” puede justificarse la tortura

Defensor del pueblo: “de ninguna forma y por ninguna causa” puede justificarse la tortura

Las leyes venezolanas atribuyen al Estado venezolano la responsabilidad de la integridad física y psicológica de cualquier detenido

julio 2, 2019

En menos de un año, dos reclusos han fallecido en extrañas circunstancias en sedes policiales y de custodia militar bajo el control de Nicolás Maduro. En octubre de 2018, ocurrió con el concejal del partido Primero Justicia, Fernando Albán; y el sábado 29 de junio de 2019, con el capitán de corbeta de la Fuerza Armada venezolana, Rafael Acosta Arévalo.

A ambos casos los rodea la sombra de la tortura. Familiares, abogados y dirigentes atañen a esta ilegal práctica el origen de sus muertes.

*Lea también: Juez admite todos los cargos contra el diputado Juan Requesens

El defensor del pueblo de la administración de Nicolás Maduro, Alfredo Ruíz, afirmó que el Estado debe tener un “trato especial” y una “doble responsabilidad” con los detenidos, porque tiene que salvaguardar no solo la estadía dentro del penal o centro de reclusión, sino la integridad física y psicológica de estas personas. 

Ruíz manifestó que la tortura en Venezuela no se justifica “bajo ningún pretexto”, pues legalmente no está permitido ningún trato cruel, degradante e inhumano.

Hace más responsable al Estado con personas privadas de libertad.

 

Las explicaciones del defensor

El articulo 43 de la Constitución Bolivariana de Venezuela, aprobada en 1999 bajo el mandato de Hugo Chávez Frías, deja claro que el derecho a la vida es inviolable y que toda persona privada de libertad está bajo protección del Estado.

“Ninguna ley podrá establecer la pena de muerte, ni autoridad alguna aplicarla. El Estado protegerá la vida de las personas que se encuentren privadas de su libertad, prestando el servicio militar o civil, o sometidas a su autoridad en cualquier otra forma”.

No obstante, estas formalidades legales se quedan en el tintero dadas las denuncias públicas en torno al tema.

“Si una persona o un servidor público comete un acto de tortura cruel o degradante debe ser sancionado”.

Con la explicación metódica y simple, el defensor consideró que si el fondo del asunto gira en torno a que algunos custodios “están nuevos o poco preparados”, no pueden recibir estas funciones; por lo cual resaltó la importancia de los cursos de capacitación sobre cómo prevenir el trato cruel a personas detenidas. “Para que no se repita”.

*Lea también: Iván Simonovis: Mi objetivo es la salida de Maduro

En el caso del capitán, quien falleció en el hospital militar en Caracas luego de su presentación ante tribunales por su supuesta participación en un complot contra Maduro, la investigación recae en la fiscalía que se dedica a DD.HH. y la autopsia la efectúa el departamento de ciencias forenses.

Todo esto, según Ruíz, bajo los protocolos de Minnesota y Estambul. 

 

 

 

 

Tags: capitán Acosta Arévalocrisis en venezuelaDestacadoDgcimInfórmateTorturas

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