El Tribunal Supremo español elevó hoy de 9 a 15 años de prisión la condena contra los cinco integrantes del grupo “La Manada” al considerar que los hechos ocurridos en 2016 en relación con una joven fueron un delito continuado de violación y no de abuso sexual.
El tribunal adelantó el falló de su decisión, que divulgará próximamente, y en la que modifica las sentencias previas de otras dos cortes, por lo que eleva la condena a los cinco hombres.
La sentencia final de los cinco magistrados del Supremo se aproxima mucho a la petición de la Fiscalía, que solicitaba 18 años de prisión al considerar que se había producido “intimidación” por la soledad de la víctima frente a cinco hombres en un lugar oscuro y solitario.
“Hoy se ha hecho justicia y se ha dado un paso más en la defensa de los derechos de las mujeres en España. Tenemos derecho a vivir libres y sin miedo”, señaló tras conocer el fallo la ministra portavoz del Gobierno, Isabel Celaá.
Además, de la pena de cárcel, la sentencia establece 8 años de libertad vigilada una vez que salgan de prisión, y también se prohíbe a los condenados acercarse a la víctima durante 20 años a una distancia inferior a los 500 metros, así como la prohibición de comunicarse por cualquier medio con ella, y eleva a 100.000 euros la indemnización conjunta y solidaria a la joven.
Los cinco hombres estaban en libertad provisional a la espera de que hubiera una sentencia definitiva. Cuatro de ellos fueron detenidos poco después de conocerse el fallo del Supremo.
Los hechos ocurrieron en los famosos sanfermines de Pamplona (norte) en julio de 2016.
Cinco hombres jóvenes de Sevilla que se autodenominaban La Manada fueron acusados por una chica de 18 años de haberla llevado al portal de una vivienda donde, según ella, cometieron sobre ella todo tipo de prácticas sexuales mientras lo grababan con sus teléfonos. Al acabar, la abandonaron y le robaron el móvil.