Una audiencia celebrada este lunes la Corte Constitucional de Ecuador analizó una demanda de inconstitucionalidad a los requisitos de entrada al país para los venezolanos emitidos por las autoridades como el pasaporte y antecedentes penales.
La jueza nacional Daniela Salazar presidió la vista judicial que analizó los argumentos presentados por los demandantes, la Defensoría del Pueblo ecuatoriano y ciudadanos, así como al canciller ecuatoriano, José Valencia, como responsable del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.
En un comunicado en su cuenta de Twitter, la jueza Salazar explicó que “los accionantes alegaron que los acuerdos ministeriales son contrarios al principio de igualdad y no discriminación, al principio de estado de inocencia, al derecho a migrar y a la libre circulación, al interés superior del niño y a la unidad familiar”, entre otros.
Tras escuchar las intervenciones de las partes, la jueza Daniel Salazar concluyó la audiencia y dispuso cinco días para que las partes ingresen la documentación pertinente.
El 16 de agosto de 2018, el entonces ministro del Interior, Mauro Toscanini, anunció la exigencia de pasaportes para el ingreso de ciudadanos venezolanos al país como una medida de seguridad. Ocho días después, la jueza Judith Naranjo aceptó el pedido de medidas cautelares contra el pedido del pasaporte como requisito de ingreso, propuestas por la Defensoría del PuebloNo fue hasta marzo de 2019 que se presentó una acción pública de inconstitucionalidad contra los trámites. Finalmente, el 27 de marzo de 2019, el Tribunal de la Sala de Admisión de la Corte Constitucional aceptó el trámite la demanda y dispuso la suspensión provisional de las normas impugnadas.