Un sorprendente hecho se ha registrado en España en donde una juez condenó a un hombre por haber llamado en 107 oportunidades a su novia para que no terminaran su relación amorosa.
Así lo revelaron los medios locales al explicar que una juez de Almería determinó que el hombre debía cumplir medio año de cárcel por llamar insistentemente durante unas 13 horas a su expareja, a pesar de la negativa de ella para retomar la relación.
El diario de Almería informó que este hombre, nacido en Marbella (Málaga), habría iniciado una relación sentimental en 2019, conviviendo en pareja durante los últimos años.
Sin embargo, la mujer habría dado por terminada su relación sentimental a mediados de junio de 2020 y decidió trasladarse a vivir a la casa de su madre, por lo que su expareja intentó retomar su noviazgo a pesar de que las cosas no venían funcionando entre ambos.
“Con el ánimo de coartar su tranquilidad emocional, la llamó de manera insistente hasta en 107 ocasiones entre las 23:56 horas y las 12:44 horas del día siguiente. De estas, 73 llamadas se produjeron cuando la víctima ya había bloqueado el teléfono”, reseña la sentencia, según el Diario de Almería.
La intensa actitud de este hombre habría provocado un afectación a la mujer lo que llevó a que fuera denunciado ante las autoridades.
De este forma, se inició un proceso judicial en contra de este hombre que ha sido calificado de acosador, ya que un amigo común de la pareja reveló que en algún momento había asegurado que “la mataría a ella y su familia” sino volvía con él.
Además, en el proceso se conoció que este hombre habría agredido físicamente a su exnovia y protagonizado tratos humillantes en contra de ella.
La juez del caso determinó en un fallo que el acusado atentó contra la libertad y seguridad de la mujer al imponerle unilateralmente su deseo o voluntad de retomar la relación, a pesar de que ella había dejado en claro su rotundo rechazo.
“El acusado era conocedor de la voluntad de su expareja y, pese a ello, continuó con las llamadas con la única intención de imponer ese contacto” y quiso “a través de la vis compulsiva encarnada por tal tráfico frenético de llamadas telefónicas imponer su presencia (…) coartando así la libertad de ésta (…) imponiéndole una conducta que la víctima no tenía obligación de soportar”, señaló la juez.
A pesar de que el hombre también había sido acusado por maltrato físico y psicológico, durante el proceso no se aportaron elementos probatorios concretos ni la declaración de ningún testigo que confirmara estos hechos.
La Fiscalía había pedido dos años de condena en contra de este hombre pero debido a este escenario la justicia lo absolvió por el delito de violencia habitual y decidió sentenciarlo a un medio año de prisión por el delito de coacciones leves en contra de su expareja.
La jueza también determinó que este acusado no podrá acceder a armas durante dos años y le impuso una orden de alejamiento de su expareja de al menos 500 metros y la prohibición de comunicarse con la víctima de este acoso durante al menos dos años.
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