A través de las resoluciones 074 y 075 de 2020, la Secretaría de Movilidad aprobó los primeros permisos temporales para el alquiler de unas 8.000 patinetas y bicicletas. Esta autorización estará vigente hasta la emergencia sanitaria en el país.
Grin y Muvo son las empresas seleccionadas para implementar este tipo de alquiler. En total, serán 5.000 patinetas eléctricas y 3.000 bicicletas que podrán prestar este servicio de alquiler en las calles de Bogotá.
Tras el cumplimiento de una serie de requisitos, estas empresas lograron recibir la autorización para el alquiler de bicicletas y patinetas, definidos en la Circular 013 de 2020.
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“Estos permisos se otorgaron para ofrecerle a los bogotanos una oferta de transporte individual que contribuya a prevenir el contagio del coronavirus. De igual forma, las autorizaciones están alineadas con las metas del nuevo Plan Distrital de Desarrollo (PDD), que impulsa las estrategias de transporte ambientalmente sostenible; mediante el fomento de modos de transporte de micromovilidad”, señaló el comunicado oficial de la Secretaría.
Tanto Grin como Muvo no deberán pagar al distrito por el uso del espacio público para el alquiler de bicicletas y patinetas. Además, señalaron que estos vehículos de micromovilidad tendrán parqueaderos en las calles.
Por otro lado, la Secretaría de Movilidad estipuló unos requisitos que deberán cumplir las empresas que presten el servicio de alquiler de estas bicicletas y patinetas:
- A cada empresa se le exigió constituir pólizas para cubrir tanto a usuarios como a terceros.
- Todos los vehículos de micromovilidad deben tener como mínimo: freno; timbre; luz blanca delantera; luz roja trasera; pie de apoyo; dispositivo GPS (geolocalización) y número único de identificación visible.
- El estacionamiento de estos vehículos se podrá realizar únicamente en vías locales o intermedias sobre las que no circule transporte público; ubicándolos sobre la calzada y en fila única, uno detrás de otro, a no más de 30 cm del bordillo o andén.
- Las autoridades de tránsito impondrán todas las sanciones a las que haya lugar por el incumplimiento del Código Nacional de Tránsito Terrestre o del Código Nacional de Policía.
- Se deberá transitar por la red de ciclorrutas de la ciudad.
- Se podrá circular por la calzada en aquellos casos en los que no exista ciclorruta en vía o fuera de vía.
- No transitar por andenes y debe viajar solo una persona por vehículo.
Finalmente, el Distrito destacó que, a la fecha, Bogotá cuenta con 84 ciclocarriles temporales, para los usuarios que utilizan el alquiler de estas bicicletas y patinetas; así como también para aquellos que se movilizan a través de este tipo de transporte diariamente.