En el marco de la emergencia sanitaria por el coronavirus, el Gobierno Nacional de Colombia amplió los plazos y actualizó las fechas para la presentación de la declaración de renta.
A través del Decreto 520 del 6 de abril de 2020, el Gobierno modificó los plazos para el pago de las cuotas, así como también para la presentación de la declaración anual de activos en el exterior.
La DIAN señaló que los grandes contribuyentes presentarán la declaración de renta del año gravable 2019 entre el 9 y el 24 de junio de 2020, dependiendo del último dígito del NIT.
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Asimismo, el pago de la segunda cuota del impuesto quedó para el 21 de abril y el 5 de mayo de 2020, también dependiendo del último dígito del NIT. Esta segunda cuota es del 45 % del saldo a pagar del año gravable 2018.
La tercera cuota se cancelará entre el 9 y el 24 de junio de 2020, dependiendo del último dígito del NIT.
Con relación a la declaración anual de activos en el exterior, los grandes contribuyentes deberán presentarla entre el 9 y el 24 de junio de 2020, también regulados por el último dígito del NIT.
Declaración de renta para personas jurídicas en Colombia
Para la declaración de renta de las personas jurídicas también se les amplió el plazo: las nuevas fechas de pago son entre el 1 de junio y el 1 de julio de 2020, de acuerdo con los 2 últimos dígitos del NIT.
Asimismo, deberán pagar la primera cuota del impuesto entre el 21 de abril y el 19 de mayo de 2020, según los 2 últimos dígitos del NIT.
A continuación les presentamos las nuevas fechas:
PAGO SEGUNDA CUOTA
DECLARACIÓN DE RENTA Y PAGO TERCERA CUOTA
PAGO PRIMERA CUOTA PERSONAS JURÍDICAS
DECLARACIÓN Y PAGO DE LA SEGUNDA CUOTA
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